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Visado de residencia y permiso de residencia para inversores.

Inversión en bienes inmuebles a tenor de la Ley de Emprendedores.

Análisis sobre el visado de residencia y el permiso de residencia para inversores.

Análisis sobre el visado de residencia y el permiso de residencia para inversores.

La Ley 14/2013, de 17 de septiembre, de apoyo al  Emprendedor, abre una nueva vía para obtener visados y permisos de residencia, efectuando inversiones en bienes o activos en España.

Entre los supuestos que se incluyen en la “Ley de Emprendedores” como “inversión significativa” para la adquisición de un visado por residencia, se encuentra la adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros, por solicitante.

REQUISITOS:

Para la concesión del visado, el inversor deberá acreditar, además de la inversión efectuada, los requisitos generales de entrada y residencia para extranjeros que no vayan a desarrollar actividades remuneradas, es decir:

  • Carecer de antecedentes penales.
  • No figurar como rechazable en el espacio Scheguen.
  • Contar con un seguro de enfermedad.
  • Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su período de residencia en España.

La inversión en inmuebles deberá encontrarse libre de toda carga o gravamen, si bien se permite que la parte de la inversión que exceda de 500.000 euros pueda estar sometida a carga.

El visado de residencia permitirá a los inversores (y a su cónyuge e hijos menores de 18 años) residir en España por un periodo de al menos 1 año.

Los inversores extranjeros que deseen residir en España durante un período superior a un año, podrán ser provistos de una autorización de residencia para inversores, que tendrá validez en todo el territorio nacional.

Para solicitar una autorización de residencia para inversores, el solicitante debe cumplir, además de los requisitos generales previstos en el artículo 62 de la Ley de Emprendedores, los siguientes requisitos:

a) Ser titular de un visado de residencia para inversores en vigor o hallarse dentro del plazo de los noventa días naturales posteriores a la caducidad de éste.

b) Haber viajado a España al menos una vez durante el periodo autorizado para residir.

c) demostrar que el inversor es propietario, a fecha de la solicitud, del bien o bienes inmuebles por la cantidad mínima exigida.

La autorización inicial de residencia para inversores tendrá una duración de dos años.

La ventaja de esta vía para obtener un permiso de residencia es que no requiere estancia continuada en España, si no haber viajado a España al menos una vez durante el periodo autorizado para residir. De este modo se podría obtener un permiso de residencia viviendo en otro país de forma habitual.

Pilar Sambia Romero
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AUTHOR - CyZ Abogados